sábado, 9 de noviembre de 2013

DECRETO DE UNIÓN C.A

DECRETO DE UNION CENTROAMERICANA
¡VIVA LA REPUBLICA DE CENTRO AMERICA!


J, RUFINO BARRIOS,

General de División y Presidente de la República de Guatemala,

CONSIDERANDO

Que desde el día infausto en que el egoísmo y las criminales intrigas del partido aristócrata, desgarraron en cinco pedazos la hermosa y floreciente República de Centro América, las fracciones que hoy figuran como pueblos soberanos, luchan infructuosamente por sustraerse a las ruinosas y lamentables consecuencias de ese estado violento que es contrario a la naturaleza, a la situación geográfica de esta región, a sus tradiciones, antecedentes e historian y a sus intereses políticos, económicos, materiales y sociales;

Que en el estado actual de su fraccionamiento, en vano se empeñan por conquistarse ante las Naciones civilizadas el concepto de importancia y la respetabilidad que cumplen a su autonomía, y de que gozarían indudablemente, si saliendo del aislamiento a que las reduce su pequeñez, volvieran a formar, unidas todas, una República fuerte, rica y grande, capaz de hacer valer todos sus derechos, de ejercer la plenitud de su soberanía y de ocupar digno y honroso puesto en el concierto de las Naciones de América y de Europa; con quienes la ponen en frecuente e inmediato contacto las relaciones a que da origen su envidiable posición, la feracidad de su suelo y las riquezas que encierra, la variedad de sus producciones, el vasto campo que ofrece a la especulación extranjera, y la facilidad que brinda para enriquecerse con empresas agrícolas, industriales o mercantiles;

Que los pueblos de Centro América, aleccionados ya por larga y dolorosa experiencia, y comprendiendo instintivamente que el verdadero motivo, la causa primordial de las calamidades que los traen sufriendo tantos desastres desde hace más de 40 años, y del atraso, agitación, pobreza, y debilidad en que durante este tiempo han vivido, radican en el inexplicable y funesto fraccionamiento de la Patria Centroamericana, no han cesado de abogar y clamar porqué se reconstruya, ya que su fuerza sólo puede provenir de la Unión; y sólo de ésta pueden esperar respetabilidad, paz sólidamente establecida, adelanto material, cultural ilustración y moralidad republicana;

Que una de las principales y más urgentes necesidades, que es la de atraer capitales extranjeros y grandes corrientes de emigración honrada, inteligente y laboriosa, para explotar los incontables ramos de riqueza que abundan en esta tierra privilegiada, y aprovechar los inmensos tesoros y recursos naturales que están todavía, en su mayor parte desconocidos o abandonados, no puede satisfacerse en la actualidad por la desconfianza que inspira la falta de crédito que resulta de la pequeñez; y se llenaria seguramente cuando se efectuara la Unión, porque establecido y consolidado con ella el crédito nacional, y con positivas garantías de orden y tranquilidad duraderos y de fiel cumplimiento de todos los compromisos que se contrajeran, afluirían los capitales a invertirse a un país que presta tantas comodidades para la vida y promete extraordinarios beneficios; y vendrían también, en gran número, extranjeros industriosos que realizando cuantiosas ganancias, hicieran fecundos sus múltiples elementos de producción con el poderoso concurso de su trabajo y de su inteligencia y conocimientos;

Que en la situación presente, cada Estado tiene que atender a su seguridad propia y también a la de los otros, porque la agitación y el desorden en cualquiera de ellos se propaga rápidamente a los demás; y que los recursos que quedan a los Gobiernos y debieran dedicar al adelanto, mejoras y prosperidad públicas, tienen que consumirlos de una manera improductible y lastimosa, en espiarse mutuamente, en cuidarse y defenderse los unos de los otros, en estar preparados con armas y elementos de guerra, y en sostener fuerzas militares que los obligan a conservar y a vivir en permanente pie de guerra, la debilidad propia, los recelos y desconfianzas que recíprocamente se inspiran y los temores y alarmas que se complacen en sembrar personas mal intencionadas, todo lo cual vuelve imposible una política franca y cordial de afectuosa correspondencia y fraternidad; y criando por el contrario, una política asustadiza, envidiosa y mezquina, llena de suspicacia y de celos y de rivalidades, mantiene la inquietud, alimenta rencillas y odios de localidad; y abre, cubierto de apariencias amistosas, abismos de separación, que, corriendo el tiempo, ya no será dable salvar, y que harán al fin completamente inasequible la armonía y unión en que por tantos títulos debieran estar identificados;

Que constituidos los Estados en una sola República, y siendo ya un solo interés y una la suerte de todos, por una parte desaparecería esa tan cara y odiosa vigilancia y se disminuirían sensiblemente los impuestos que hoy pesan sobre los pueblos, tanto porque no habría que invertir ya las considerables sumas que en ella se absorben, cuanto porque no habiendo que sostener sino una sola Administración en vez de cinco, se reducen en grandísima escala todos los otros gastos, y cabe hacer, en muchos de los egresos, notables economías, y por la otra, el Gobierno que resultara de las fuerzas y elementos de todo, se rodearía de los ciudadanos más eminentes y distinguidos de los diferentes Estados, y con el valioso concurso de sus luces, de su ciencia, de su patriotismo y conocimiento de los negocios e intereses generales, tendría asegurado el respeto, el poder, la popularidad y el apoyo de la opinión pública; y podría consagrar todas las rentas y enderezar toda su acción a impulsar, proteger y fomentar empresas de magnitud en beneficio común, a afianzar definitivamente la paz que en las secciones de Centro América, solo se turba por las guerras que entre los unos y los otros de sus Estados originan su separación, y las disensiones que de ella emanan; y a brindar protección y confianza para que al amparo de inviolables garantías y con el robusto apoyo de una autoridad efectiva y progresista, se entregaran todos a trabajar por el adelanto y riquezas individuales y por el bienestar de la grandeza y prosperidad de la Nación;

Que la Unión es igualmente indispensable para que se cimienten y duren instituciones democráticas, sin vincularse, a determinadas personas, y sin estar sujetas al vaivén de las revoluciones y a la fluctuación de partidos de principios diametralmente opuestos; y para que se planteen, desenvuelvan y practiquen, con toda la extensión que les corresponde, los derechos y garantías que debe disfrutar el ciudadano bajo un régimen generalmente liberal; derechos y garantías cuyo ejercicio, desembarazado de trabas y eficazmente amparado, resulta irrealizable, a menos de hacer ridícula la autoridad o caer en la anarquía, cuando por ser el Estado pequeño y el Gobierno débil, tropieza a menudo con los obstáculos que produce su insuficiencia e inseguridad y la lucha con los elementos que contra él permite poner en juego la misma estrechez del circulo de su acción, lo que muchas veces vuelve imposible que se satisfaga a la necesidad primordial de mantener el orden, sin salir en algo de los limites de una estricta legalidad;

Que la idea de la Unión Centroamericana, que por algún tiempo estuvo sofocada por los enemigos del progreso y del bien de estos pueblos; recientemente y con especialidad en estos últimos años, ha despertado con nueva y vigorosa vida, se ha difundido por todos los ámbitos del territorio de los cinco Estados: ha cobrado en el pueblo vastas proporciones y provocado calurosas protestas de adhesión: se la proclama abiertamente por todos los centroamericanos de buena fe, como el único medio posible de salir de la postración y abatimiento; y acogida con muestras de aceptación y simpatías por los Gobiernos que se encuentran al frente de aquéllos, y también por los Gobiernos extranjeros con quienes se hallan en relaciones y para quienes seria más cómodo, expedito y decoroso, entenderse para el trato internacional y para las discusiones y arreglo de sus negocios e intereses, con un solo Gobierno en que estuviera afirmada su estabilidad, y representara a una Nación que, por lo extenso de su territorio, y por sus elementos y recursos de todo género, mereciera alternar con ellas sobre bases de relativa igualdad;

Que tanto por haber sido Guatemala el Estado de mayor importancia en la Federación de Centro América, cuanto por los recursos y elementos de que dispone, y por ser la que ha tomado la iniciativa, y hecho, bajo la presente Administración, los más positivos esfuerzos en pro del restablecimiento de la Unión, a ella es a quien vuelven los ojos los pueblos de los otros Estados, a ella se dirigen los ciudadanos más prominentes, defensores y partidarios de la idea; y de ella reclaman todos nueva y eficaz iniciativa, y enérgica y vigorosa acción, para acometer y llevar a feliz término esa gloriosa empresa;

Que tratándose de reorganizar la Unión Nacional, que asentada sobre bases en que se aparten los inconvenientes accidentales con que la inexperiencia hizo tropezar en otra vez, ha de producir la transformación más benéfica y completa en la América Central, y que constituye la, única causa que es y ha de ser grande y sagrada para los centroamericanos, y la única por que dignamente pueden y deben pelear y morir; todos los que tengan sentimientos de dignidad y amor nacional y anhelen por legar a sus hijos el mayor y más positivo bien a que pueden aspirar, la Patria de que hoy carecen y que piden con justicia, están obligados bajo su más estrecha responsabilidad a esforzarse a promoverla y conseguirla por cuantos medios estén a su alcance, sin desmayar ante ninguna consideración y sacrificándoselo todo, los intereses, la posición, la vida y la familia;

Que, atendida la grandeza del bien y puesta la mirada en el porvenir de Centro América, hay que prescindir en obsequio de él, de cualquiera contemplación y hacerse superior a mezquinas intrigas, a suposiciones ofensivas de planes ambiciosos y a la maligna vociferación de la calumnia; y hay que despreciar los odios de los que, por espíritu de estrecho localismos, alimentado y sostenido por miserables intereses, o por ruines propósitos de beneficio personal, antepongan un provecho despreciable al gran interés de la América Central y traten de alejar el día de la Unión, levantando contra sus promovedores los obstáculos que la envidia y la pequeñez levantan siempre contra todo lo que es grande;

Que la obligación de proclamar la Unión y de trabajar resuelta y empeñosamente para conseguirla, es mucho mas imperiosa para los hombres a quienes estas secciones despedazadas de Centro América han fiado sus destinos y de quienes han de esperar, y con razón esperan, que inicien, apoyen y sostengan cuanto tienda a mejorar su suerte, muy en particular la obra monumental de la que depende que, a ejemplo de lo que ha pasado recientemente en pueblos de América y de Europa, salgan de su postración y aniquilamiento; la obra de la Unión, sin la cual puede decirse que esta cerrado para siempre el porvenir, y sin la que nada se ha hecho, porque son menos que perdidos los esfuerzos mal gastados en dar prosperidad y grandeza a lo que no puede tenerla mientras adolezca del vicio constitutivo de la pequeñez producida por la división;

Que en este concepto, el Jefe de la República, íntimamente penetrado de la trascendencia y significación de ese deber que la misma Constitución le impone, e imponen a los otros Gobiernos las Constituciones respectivas y de que, si en todas es ya un crimen, en él lo es aún más grande, dejar correr el tiempo, y no hacer cuanto pueda hacerse para Ilegar a la reorganización deseada: Ilevado además por sus ardientes simpatías por la Unión Centroamericana, en favor de la cual ha empleado ya otras veces sus más decididos esfuerzos, y se los consagrará siempre con inflexible resolución: impelido también por las repetidas y enérgicas interpelaciones que, en nombre de los más caros y vitales intereses de Centro América e invocando los principios que ha defendido, le dirigen los hombres y los círculos más distinguidos y liberales de todos los Estados, para que levante su voz en apoyo de la Unión y enarbole y sostenga su bandera: tomando asimismo en cuenta el estado de actual efervescencia y excitación de la opinión pública, que podría causar en los Estados revoluciones estériles para el bien, pero fecundas en desastres y causadoras de trastornos que se dejarían sentir también en esta República: no pudiendo desestimar tan poderosos motivos, ni queriendo dar campo a que en ningún tiempo se le fulmine el gravísimo cargo de haber dejado fracasar la Unión Centroamericana, por no poner al servicio de su causa, su persona, su poder e influencia, empeñando en ella todo su valimento, el prestigio con que los pueblos le honran, su representación como Jefe Militar y Supremo Magistrado de Guatemala, y la favorable disposición que, en documentos y publicaciones oficiales han hecho constar Presidentes y Gobiernos, es Ilegado el caso de cumplir como buen soldado y como hijo de Centro América, y de tomar en consecuencia, de un modo tan claro que no deje lugar a dudas ni vacilaciones, la actitud neta que la empresa demanda, y aceptar con la iniciativa que hace, la dirección y responsabilidad de los trabajos y operaciones para que desaparezcan las ridículas fronteras que nos separan, y se unan los pueblos de la América Central en una sola Patria grande, feliz y respetada;

Que este proceder franco y resuelto en que declara sin reserva su intención, es el que cuadra a las manifestaciones de la voluntad de los pueblos y a la naturaleza y elevación de la obra que ha de consumarse, con la que no se avienen las intrigas ocultas, los manejos encubiertos, la protección de fracciones y otros medios que no han dejado de sugerirse, y a que se podría recurrir con esperanza de éxito más pronto y seguro: pero que, no siendo decorosos, ni leales, deslustrarían una causa que digna y elevada como es, exige que sea digno y elevado cuanto se relacione con ella; y especialmente, los medios de hacerla triunfar para que así su triunfo sea la verdadera expresión y el natural resultado de la opinión, y para que la fuerza sólo intervenga con el fin de apoyarla y defenderla contra las maquinaciones de los enemigos del pueblo y de la grandeza de Centro América;

POR TANTO

Y haciendo a su vez solemne y decisivo llamamiento a todos los patriotas centroamericanos, a todos los hombres de corazón generoso y de ideas y aspiraciones levantadas, y a todos los pueblos que fundadamente cifran en la Unión las esperanzas de su tranquilidad, engrandecimiento y ventura; de entero acuerdo con el Consejo de Ministros:

DECRETA

Artículo 1º —El Jefe de la República de Guatemala proclama la Unión de Centro América en una sola República: inicia, protege y sostiene todos los trabajos, operaciones y movimientos dirigidos a conseguirla; y con ese fin asume el carácter de Supremo Jefe Militar de Centro América y el ejercicio del mando absoluto como tal, hasta lograr que se reúnan estas secciones en una sola Nación y bajo una sola bandera.

Artículo 2º —El propio Jefe recibirá las adhesiones de los Gobiernos, pueblos y Jefes que, en los términos establecidos en este Decreto, abracen la causa de la Unión.

Artículo 3º —Una Asamblea general compuesta de quince individuos por cada uno de los Estados, elegidos popularmente con la más amplia libertad e independencia entre las personas que, conforme a las leyes respectivas, puedan ejercer la representación popular, se reunirá en esta ciudad de Guatemala, el día 1º de marzo próximo, para Decretar la Constitución política de la República de Centro América y fijar especialmente la manera, tiempo y forma de la elección de Presidente, la duración de su periodo y la fecha en que el electo recibirá de la Asamblea el mando supremo constitucional; y para hacer la designación de la ciudad o punto del territorio de Centro América en que se establezca la capital y sirva de residencia de los Supremos Poderes.

Artículo 4º —Toda persona de carácter oficial o privado, que se declare contra la Unión, o se oponga a sus operaciones y trabajos y los embarace de cualquier modo, será tenido como traidor a la gran causa de la Nacionalidad; quedara incapaz de todo cargo y empleo en la República de Centro América, y se sujetara a las consecuencias y responsabilidad que procedan, según la naturaleza de los actos que hubiese ejecutado.

Artículo 5º —Se excita a todos los pueblos de Centro América a que se pronuncien en favor de la Unión; y Guatemala hace desde luego causa común con los que se declaren por aquélla; quedando desconocida cualquiera autoridad que la resista.

Artículo 6º —Los Jefes y Oficiales de las milicias de Centro América, que se decidan por la Unión y presten sus servicios para la realización de ese ideal del patriotismo, serán acreedores a un ascenso de grado en el Ejército de la República de Centro América; y si hubieren obtenido ya el grado más alto, serán condecorados solemnemente con una medalla de oro que, en inscripción alusiva recuerde sus méritos.

Artículo 7º —Las clases y soldados que se distingan por su valor y comportamiento, recibirán además del ascenso, la distinción y recompense que oportunamente se acordará para premiar sus servicios.

Artículo 8º —El pabellón de Centro América, y que servirá desde esta fecha para los defensores de la Unión, será de azul y blanco, dispuesto en tres fajas verticales, de las cuales la del centro será blanca, y azules las de los extremos. La faja blanca Ilevará el escudo: un Quetzal sobre una columna; y en ésta la leyenda: «Libertad y Unión. —15 de Septiembre de 1821. —28 de febrero de 1885».

Artículo 9º —No se reconocen las negociaciones sobre territorio, tratados internacionales, empréstitos extranjeros o nacionales, y demás estipulaciones de análogo carácter e importancia que arregle o concluya cualquiera de los otros Estados de Centro América, después de la fecha de este Decreto.

Articulo 10. —El Ministro de Relaciones Exteriores, queda encargado de dar cuenta de él a la Asamblea; y de ponerlo en conocimiento de los Gobiernos de la América Central, y de los de América y Europa con quienes cultiva relaciones, de amistad o de comercio.

Artículo 11. —El Secretario del Despacho de Gobernación y Justicia proveerá a todo lo que exija la oportuna instalación de la Asamblea General de los Estados.

Artículo 12. —Queda a cargo de la Secretaria de la Guerra atender a todo lo demás que requiera la ejecución de este Decreto.

Dado en el Palacio Nacional de Guatemala, a 28 de febrero de 1885.

J. RUFINO BARRIOS


El Secretario del Despacho de la Guerra,
J. MARTIN BARRUNDIA

El Secretario del Despacho de Hacienda y Crédito Público,
DELFINO SANCHEZ

El Secretario del Despacho de Relaciones Exteriores,
FERNANDO CRUZ

El Secretario de Despacho de Gobernación y Justicia
CAYETANO DIAZ MERIDA

El Secretario del Despacho de Fomento,
FRANCISCO LAINFIESTA

El Secretario del Despacho de Instrucción Publica
RAMON MURGA

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